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RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2013, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se inicia procedimiento y se abre un periodo de información pública para la delimitación del castillo de Cuarte de Huerva (Zaragoza) y de su entorno de protección.

Publicado el 24/06/2013 (Nº 122)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece en su Disposición Adicional Segunda, que son Bienes de Interés Cultural asumidos por ministerio de la Ley, los castillos, escudos, emblemas, cruces de término y cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre y los monumentos megalíticos en toda su tipología existentes en Aragón. Por orden del Departamento responsable de Patrimonio Cultural se aprobará la relación de los bienes afectados, con su localización.

En cumplimiento de lo dispuesto en dicha Disposición Adicional, mediante la Orden de 17 de abril de 2006, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón" de 22 de mayo de 2006, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se aprobó la relación de castillos y su localización, entre ellos, el castillo de Cuarte de Huerva (Zaragoza), incluido dentro de la figura de Zona Arqueológica.

Con el fin de proteger nuestro Patrimonio Cultural y garantizar que no se ponga en peligro la conservación de los bienes, la Ley 3/1999 de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, incorpora en su articulado la idea de protección de los entornos de los Bienes de Interés Cultural. Es por ello que la Orden de 17 de abril de 2006 dispone, en su apartado segundo, con carácter general, un área de protección de 50 metros en el caso de inmuebles situados en suelo urbano y de 200 metros para aquellos bienes que no se encuentran ubicados en este tipo de suelo. A pesar de esta protección provisional que la orden dispone, en tanto no se establezca un entorno específico de cada bien, es recomendable delimitar una zona de protección especial para cada castillo. Por esta razón, se inicia un procedimiento para la delimitación específica del castillo de Cuarte de Huerva y de su entorno de protección, de acuerdo con la descripción y plano que se recogen en los anexos a esta resolución.

Por todo lo expuesto, el Director General de Patrimonio Cultural, acuerda

Primero.- Iniciar un procedimiento para la delimitación del castillo de Cuarte de Huerva (Zaragoza) y de su entorno de protección, en aras de completar la Orden de 17 de abril de 2006 por la que se aprobaba la relación de castillos y su localización, considerados Bienes de Interés Cultural en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

La incoación de la delimitación provisional del bien y de su entorno de protección, que resulta de la descripción y plano que se adjuntan como anexos I y II a esta resolución, conlleva la aplicación inmediata del régimen de protección establecido para los Bienes de Interés Cultural y determina la suspensión de las licencias municipales relativas a todo tipo de obras o actividades en la zona afectada. No obstante, el Director General de Patrimonio Cultural, previo informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural que corresponda, puede levantar dicha suspensión total o parcialmente cuando sea manifiesto que las obras o actividades no perjudican a los valores culturales del Bien declarado de Interés Cultural.

Segundo.- Abrir un periodo de información pública durante un plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente de delimitación del bien y su entorno de protección, en las oficinas de la Dirección General de Patrimonio Cultural (avenida de Gómez Laguna 25, 6.ª planta de Zaragoza).

Igualmente dentro de dicho plazo podrán formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigiéndose al Director General de Patrimonio Cultural, en la dirección antes indicada.

Tercero.- Publicar esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y notificarla al Ayuntamiento de Cuarte de Huerva (Zaragoza).

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 6 de junio de 2013.- El Director General de Patrimonio Cultural, Javier Callizo Soneiro.

Anexo I:

Descripción del Castillo de Cuarte de Huerva (Zaragoza)

El castillo de Quart está situado sobre el espolón amesetado de yesos terciarios, en la margen derecha del cauce final del río Huerva, muy próximo a su desembocadura en el río Ebro.

Esta elevación preside la villa de Cuarte de Huerva, que conforma el extrarradio de la capital de la provincia, Zaragoza.

El castillo se localiza junto a la iglesia parroquial, a la que en alguna época estuvo unido.

Este lugar, desde el que se domina el cruce de caminos de la zona, así como un extenso territorio de posible explotación agrícola y ganadera, tuvo y tiene un importante papel geoestratégico.

El castillo se ubica sobre un yacimiento ibérico (finales del s. VI y principios del s. V a. C). Su situación, en una encrucijada de vías de comunicación, explicaría su elección por los musulmanes para construir esta fortificación, que formaba parte de la línea fortificada (hisn) que protegía la vega del Huerva (ss. XI-XII): Cuarte, Cadrete, María, Muel, entre otros. Más tarde protegería a la población de moriscos que decidió quedarse en esta misma zona una vez conquistada.

Las noticias históricas que se tienen de Cuarte son posteriores a la reconquista y relativas a sus señores territoriales

El castillo debió ser un recinto amurallado bastante extenso. El derribo de unas viviendas adosadas a la ladera, junto a la iglesia parroquial barroca, ha permitido observar un lienzo relativamente largo y reforzado por tres torreones rectangulares, todo de grisáceo tapial.

Sobre la superficie, prescindiendo del depósito de agua y de recientes edificios, yace en ruinas una torre rectangular hecha en mampostería y conservando una puerta amputada y otra de arco conopial, ambas formadas por buenas piedras. Esta torre, próxima al desnivel inmediato a la iglesia, es cristiana, probablemente del s. XV, y quizás sería el exponente del señorío de los abades de Santa Fe.

La ocupación sobre el espolón se prolongó durante los siglos XVII y XVIII. En torno a estas construcciones se fue desarrollando un núcleo de población que ha desembocado en el pueblo actual.